16 / 07 / 2018
John Rawls fue un filósofo estadounidense, profesor de filosofía política en la Universidad Harvard y autor, entre otros, de Teoría de la justicia, obra en la que propone un nuevo concepto de justicia, “La Justicia como Equidad”; sobre la Justicia dice Rawls, cito textualmente: “Adquirimos una habilidad para juzgar las cosas como justas e injustas y para apoyar estos juicios en razones. Tenemos un deseo de actuar conforme a estos pronunciamientos y esperamos un deseo semejante por parte de los demás.
Podemos en principio pensar en la teoría moral como el intento de describir nuestra capacidad moral; podemos creer que una teoría de la justicia describe nuestro sentido de la justicia. La justicia como imparcialidad nos lleva más cerca del ideal filosófico, aunque ciertamente no lo alcance. Teoría de la justicia, es una teoría de los sentimientos morales que establece los principios que gobiernan nuestros poderes morales o, más específicamente, nuestro sentido de la justicia.
Deberíamos considerar una teoría de la justicia como un marco orientador diseñado para enfocar nuestra sensibilidad moral y para colocar delante de nuestras facultades intuitivas cuestiones más limitadas y manejables para ser juzgadas. Los principios de la justicia identifican ciertas consideraciones como moralmente pertinentes, las reglas de prioridad indican la precedencia apropiada en caso de que entren en conflicto, mientras que la concepción de la posición original define la idea subyacente que ha de informar nuestras deliberaciones”.
En este orden de ideas la justicia es el criterio fundamental de la vida moral de las instituciones sociales. Luego entonces dice Rawls, “La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Una teoría, por muy atractiva, elocuente y concisa que sea, tiene que ser rechazada o revisada si no es verdadera; de igual modo, no importa que las leyes e instituciones estén ordenadas y sean eficientes: si son injustas han de ser reformadas o abolidas. La verdad y la justicia no pueden estar sujetas a transacciones… la justicia social: proporcionan un modo para asignar derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y definen la distribución apropiada de los beneficios y las cargas de la cooperación social”.
Los principios bajo los que opera el concepto de justicia de Rawls son: el principio de libertad, principio de igualdad y el principio de igualdad equitativa.
El principio de libertad garantiza a todos libertades fundamentales, se regulan entre sí bienes primarios naturales y bienes sociales primarios los que dependen de las instituciones, garantiza un acceso a las posiciones sociales equitativas;
El principio de igualdad se refiere a que las eventuales desigualdades sociales y económicas engendradas en las instituciones deben contribuir a la maximización de los menos favorecidos;
El principio de igualdad equitativa de oportunidades se refiere a que todas las personas con lo mismo talentos tengan las mismas posibilidades de acceso a las libertades, a las posiciones sociales.
En conclusión, habrá justicia en un país y en una sociedad, en la medida que el estado proteja y garantice todas las libertades de los ciudadanos en un plano de igualdad.
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