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¿Qué es la delincuencia organizada?. A continuación de manera muy breve y didáctica te decimos que debes entender cuando escuchas hablar de delincuencia organizada.

El Dr. Sergio García Ramírez[1], atinadamente comenta que la criminología, a partir de ciertos rasgos esenciales ha identificado diversas categorías delictuosas, de manera general, podemos decir que existe una la delincuencia natural, que ataca bienes básicos de la convivencia humana, y una delincuencia artificial, la cual lesiona o pone en peligro bienes que surgen de acuerdo al lugar, tiempo y espacio determinado dentro de una sociedad; así pues que el delito evoluciona de acuerdo a este último criterio, es decir, en razón de la evolución de la propia humanidad es que ha evolucionado la delincuencia, lesionando ya no solo bienes básicos de la convivencia social, sino que atenta contra los nuevos paradigmas propios del nuevo milenio, por ejemplo el delincuente no se conforma solo con el robo material, si no su conducta es una conducta evolucionada, mucho más elaborada, al respecto continúa exponiendo el Doctor Sergio García Ramírez, en su en su libro delincuencia organizada, refiriendo lo dicho por Alfredo Niceforo, “criminólogo italiano, quien hace más de un siglo manifestó que así como la ciencia ha demostrado que la energía no se destruye, de igual manera el delito como energía social tampoco desaparece, es decir que el delito se transforma, adquiriendo nuevas presentaciones”[2].

Cabe aclarar que la organización de personas para delinquir no es nueva, ya que al igual que las asociaciones dedicadas a un fin lícito determinado deciden encaminar esfuerzos para realizar una empresa, los delincuentes desde hace siglos han tenido manifestaciones paralelas a dichas formas de organización; de tal suerte que ya no solo se habla de la vida y del patrimonio como bienes colectivos que se lesionan por los delincuentes, sino que se habla ya de soberanía, seguridad pública, seguridad nacional.

La definición legal de delincuencia organizada se encuentra en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que propiamente en el artículo 2º establece que: “Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada”; los delitos que menciona la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y que desde luego pueden ser cometidos por la delincuencia organizada son: Terrorismo, Acopio y tráfico de Armas, Tráfico de Personas, Tráfico de Órganos, Delitos Contra la Salud, Narcomenudeo, Corrupción de Menores, Pornografía de Menores de edad, Turismo Sexual en Contra de Personas Menores de dieciocho años, Lenocinio de Personas Menores de dieciocho años, Tráfico de Menores, Asalto, Robo de Vehículos, Trata de Personas, Secuestro, Contrabando, Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, Delitos Contra el Ambiente.

En conclusión tenemos que, el hablar de delincuencia organizada no es algo novedoso, ya que como lo referíamos anteriormente es una manifestación evolucionada del delito, por lo que de la misma forma que la tecnología, la ciencia, y la propia sociedad han evolucionado; la delincuencia ha logrado traspasar los viejos paradigmas del estado, para realizar conductas antisociales que afectan ya no solamente los bienes y patrimonio de las personas, si no que ponen el peligro la estabilidad política, económica y social de la nación; atentan contra las instituciones y contra la seguridad nacional.

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[1]SERGIO GARCÍA RAMÍREZ, Delincuencia Organizada, Antecedentes y Regulación Penal en México, Ed. Porrúa, UNAM, México 2000, pp.1.

[2]Sergio García Ramírez, Op. Cit.

 

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