25 / 01 / 2019
Existe una Ley Penal a nivel federal y en todos los Estados de la República, esta Ley Penal es lo que llamamos Código Penal, en el se establecen los delitos y las penas, ¿pero cómo podemos investigar y sancionar los delitos que se establecen en el código penal?, ¿Cómo establecer la participación de un imputado en un hecho delictuoso?, ¿Cómo juzgar a los acusados de la comisión de un hecho delictuoso?, ¿Qué pruebas puedo ofrecer?, ¿Cómo se ofrecen las pruebas?; la respuesta es sencilla: mediante un proceso, desde luego un proceso penal, proceso penal que tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El proceso penal esta formado por diversas etapas que de manera progresiva se dan en el tiempo, desde luego el tiempo que dura un proceso penal; en estas etapas del proceso penal se realizan diversos procedimientos, estos procedimientos son la forma en que deben de hacerse las cosas para obtener el resultado del proceso penal; en este orden de ideas los procedimientos que hay que seguir en el proceso penal se encuentran previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Nacional que tiene por objeto establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño, y así contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
El artículo 20 de nuestra Constitución establece que el proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. En este orden de ideas el proceso penal tiene tres etapas, etapas en las que como ya dijimos, se realizan diversos procedimientos. Así tenemos que, el artículo 211 del mencionado Código Nacional de Procedimientos Penales establece que las etapas procedimentales del proceso penal son la etapa de Investigación con dos fases, investigación inicial e investigación complementaria, la etapa intermedia y la etapa de juicio. A continuación te explico un poco más claro:
1. Etapa de investigación
El Ministerio Público una vez que recibe la denuncia, es decir la noticia criminal, inicia la investigación, investigación en la que esta obligado a practicar actos de investigación, por ejemplo ordenar la inspección del lugar de los hechos, solicitar la intervención de peritos, entrevistar testigos, solicitar diversa información y documentos a otras autoridades, etc. el Ministerio Público durante la investigación criminal tiene el deber de objetividad y debida diligencia, esto significa que esta obligado a actuar de manera objetiva y respetando siempre los derechos humanos.
El Ministerio Público una vez que advierte que existen datos de prueba que manifiesten la existencia de un hecho delictuoso y la participación del imputado en el mismo, ejercerá acción penal conduciendo al imputado ante un juez de control, para lo cual el Ministerio Público solicitará al juez de control un citatorio, una orden de comparecencia o en su caso, una orden de aprehensión para que el imputado comparezca ante el juez de control y en una audiencia que se conoce como audiencia inicial, se le formule imputación al imputado.
Es importante anotar que en caso de que la detención del imputado haya sido en flagrancia, antes de la formulación de la imputación el juez verificará la legalidad de la detención, de igual manera no omito mencionarte que con la audiencia inicial da inicio formalmente el proceso, mismo que termina con la sentencia.
El Ministerio Público luego de formular imputación en la audiencia inicial, solicitará al juez de control la vinculación del imputado a proceso, si el imputado es vinculado a proceso inicia una segunda fase de la investigación, esta segunda fase se conoce como investigación complementaria que puede durar de dos, hasta un máximo de seis meses.
2. Etapa Intermedia
Una vez que se cierra la investigación, el Ministerio Público formulará la acusación contra él o los responsables del delito, y es en este momento en donde inicia la segunda etapa del procedimiento penal llamada etapa intermedia, luego de la presentación del escrito de acusación del Ministerio Público se cita a las partes a una audiencia, esta audiencia tiene por objeto depurar los hechos y ofrecer pruebas, esta etapa concluye con el auto de apertura a juicio oral.
3. Etapa de Juicio
Luego de que se ofrecieron y se admitieron las pruebas ofertadas por las partes y que los hechos fueron depurados en la etapa intermedia, con el auto de apertura a Juicio Oral se cita a las partes a la audiencia de juicio. El Juicio tiene por objeto resolver las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación en el que se deberá́ asegurar la efectiva vigencia de los principios de inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad. En la audiencia de juicio se desahogan las pruebas y se llega a la resolución de la culpabilidad o inocencia del acusado.
¿Cuánto tiempo dura un proceso penal?
Tomando en cuenta la fase de investigación inicial y complementaria, el proceso penal de principio a fin puede durar de ocho meses a un año; sin embargo es importante mencionarte que en cualquier momento puedes optar por un mecanismo alterno de solución de controversias, como lo son la mediación, la conciliación o en su caso la junta restaurativa lo que agiliza desde luego el acceso a la justicia.
También hay que anotar que puede darse el caso de que el Ministerio Público termine de manera anticipada la investigación resolviendo abstenerse de investigar, no ejercicio de la acción penal, archivo temporal o un criterio de oportunidad; puede también darse una solución alterna e inclusive también puede darse un procedimiento abreviado, temas de los que te comentaremos en otra ocasión; como podrás darte cuenta los tiempos pueden variar.
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